Autorizados para realizar gestiones en tienda

Si tienes dudas de cuándo debe acudir a tienda el titular y cuándo puede venir una persona autorizada, aquí te explicamos las distintas modalidades y qué gestiones se pueden realizar en cada caso.

1. Titular

Si eres el titular de los productos con Movistar, siempre vas a poder realizar cualquier gestión en tienda aportando la documentación necesaria.

 

RECUERDA: Por tu seguridad, en la tienda siempre acreditarán tu identidad o la de las personas que actúen en tu nombre.

2. Autorizado tradicional

Si lo prefieres o te viene mejor, puedes autorizar a cualquier persona para realizar algunas operaciones concretas en tu nombre. Es lo que llamamos "Autorizado tradicional".

 

Estas operaciones son las siguientes:

  • Cambio y recogida de SIM por multicanalidad.
  • Cambio de titular (sólo el titular actual con autorización del nuevo).
  • Bloqueo y desbloqueo de SIM por robo o pérdida.
  • Acceso a restricciones o números 907, 803, 806, 807, seguidos de 6,7,8, ó 9 y 118AB con coste superior a 2,5€.

 

La persona autorizada deberá acudir a la tienda aportando:

  • Su documento de identidad.
  • Fotocopia de tu documento de identidad como titular.
  • Autorización impresa y firmada por ti indicando que autorizas a esa persona a realizar la operación indicada. Si necesitas un modelo de autorización pulsa aquí.

 

IMPORTANTE: Si no puedes imprimir la autorización firmada, es posible remitirla por correo electrónico en el momento de la visita. El comercial de tienda os indicará cómo hacerlo.

3. Representante legal de persona física

Existen representantes legales (de personas físicas) que, mediante facultad otorgada por la ley, actúan en nombre de otras. Estos representantes legales deben aportar los siguientes documentos para identificarse:

 

  • Documento identificativo del representante legal
  • Acreditación documental de la condición del representante legal o Poder Notarial
  • Fotocopia documento identificativo del titular

4. Clientes persona jurídica

En el caso de clientes persona jurídica (antiguo CIF) siempre deberá acudir a tienda una persona física que esté legalmente habilitada para actuar en nombre de la persona jurídica (representante o interlocutor válido). La forma de garantizarlo será aportando documentación adicional que lo acredite:

  • Poder Notarial.
  • Escritura o Inscripción en Registro Mercantil.
  • Copia del CIF otorgado por Hacienda + contrato constitución de la sociedad

 

Si en nuestros sistemas ya esta dado de alta como Interlocutor/ representante de la empresa, únicamente deberá aportar su documento identificativo (porque anteriormente ya ha presentado la documentación que le acreditaba como representante y esta dado de alta como tal)